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Magistrado “sugiere” que deudores alimentarios no ocupen cargos en el servicio público de Tamaulipas 

Jorge Durham Infante dice que hay un antecedente legislativo en el Estado de Hidalgo, los deudores alimentarios no pueden ser nombrados para empleo, cargo o comisión en el servicio público
Por: Josué Escamilla/Ciudad Victoria El Día Domingo 04 de Junio del 2023 a las 21:00

Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, Jorge Alejandro Durham Infante
Autor: Josué Escamilla
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - Recientemente el Congreso de Hidalgo aprobó las reformas a la Constitución Política de ese Estado, para que personar deudoras alimentarias, sentenciados por violencia sexual, familiar o por violencia política no puedan ser registradas como candidatas o candidatos a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Al respecto, el Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, Jorge Alejandro Durham Infante explicó que este antecedente legislativo fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 16 de agosto del 2021, en el que establece como requisito para ejercer la titularidad de las dependencias y entidades del Ejecutivo del Estado de Hidalgo “no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien, tramite el descuento correspondiente”.

Durham Infante, sugirió de que el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) en Tamaulipas “no solo abarque los cargos jurisdiccionales más altos, como lo son los titulares de las magistraturas, consejeros, jueces, secretario de acuerdo, sino a todo cargo, empleo, comisión de servicio público, en términos como lo señala la Constitución Federal, en la que también se puede incluir diputados, diputadas del Congreso de Tamaulipas, así como las Secretarías del Ejecutivo Estatal, pudiera ser los titulares”.  

Dijo que comparte y celebra la iniciativa de la diputada Alejandra Cárdenas Castillejos, de exigir como requisito para obtener el cargo de Magistratura, Consejería, Juzgadores y Secretarías de Acuerdo, no encontrarse en el Registro de Deudores Alimentarios de la entidad.

Ese compromiso con niñas y niños en México, fue reiterado por el Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, ya que, por acuerdo del 11 de mayo del presente año, el Consejo de la Judicatura de esta institución judicial, emitió el Acuerdo General 17/2023 en la que exhortó a los jueces familiares para que suministren la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias y ordenar su registro”.

Ese ajuste constitucional, resaltó, está en sintonía con la reforma del 8 de mayo del presente año, a los artículos 103 y 120 y adicionó los diversos artículos 135 bis a 135 Septies de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias.

Reiteró que, por tanto, no sólo a los altos cargos del Poder Judicial de Tamaulipas debe restringirse el acceso al cargo público cuando cuenten con un adeudo alimentario, sino que todos los operadores jurídicos de Tamaulipas -incluso las Diputaciones Locales y titulares de las Secretarías de Estado- debería contemplar esa exigencia legal, al tratarse de una visión de Estado la protección de niñas, niños y adolescentes.

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